MEDIDAS FISCALES PREVISTAS EN LA LEY 22/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2022.

Hoy, día 29 de diciembre de 2021, se publica en el BOE la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022.

En el ámbito tributario la Ley de Presupuestos incorpora diversas medidas, de entre las que cabe destacar las siguientes:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.

  • Se establece en 1.500 euros (anteriormente 2.000 euros) el límite general de reducción aplicable en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social. (Artículo 52.1 LIRPF).
  • También se reduce a 1.500 euros la reducción por primas a satisfechas a los seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia, tanto las realizadas por el propio contribuyente o por las personas que tengan con el contribuyente una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, o por su cónyuge, o por aquellas personas que tuviesen al contribuyente a su cargo en régimen de tutela o acogimiento. (Art. 51.5 LIRPF).
  • Como novedad, se le da la opción al trabajador de igualar su aportación a la de la empresa, sin que la suma de las dos supere los 8.500 euros. (Art. 51.5 LIRPF).
  • Se refuerza el incentivo fiscal para los planes de empleo: el límite para la empresa se eleva hasta los 8.500 euros, mientras que el umbral conjunto (empresa y trabajador) se mantiene en los 10.000 euros. (DA 16ª LIRPF).

 

Límites de inclusión/exclusión en el método de Estimación Objetiva (Módulos) (DT 32ª LIRPF)

  • Se prorrogan un año más los límites de inclusión/exclusión en el método de ESTIMACIÓN OBJETIVA (con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos) para el cálculo del rendimiento neto de la actividad económica y se evita un incremento en sus obligaciones formales y de facturación.

 

Impuesto sobre el Valor Añadido

Límites para la aplicación del Régimen simplificado y el Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (DT 13ª LIVA)

  • Al igual que en el IRPF, Se prorrogan también para 2022 los límites para la aplicación del RSIVA y REAGP, en el IVA.

Impuesto sobre Sociedades

  • Se establece una tributación mínima del 15 por ciento de la base imponible para aquellos contribuyentes del Impuesto con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a veinte millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación fiscal, en este caso, cualquiera que sea el importe de su cifra de negocios. (Art. 30 bis LIS).
  • El tipo de tributación mínima será del 10 en las entidades de nueva creación, cuyo tipo es del 15 por ciento.
  • Consecuentemente, como resultado de la aplicación de las bonificaciones de la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y deducciones (arts. 38.bis, 31, 32 y 100 LIS), no se podrá rebajar la cuota líquida por debajo de dicho importe.
  • En el caso que después de la aplicación de las bonificaciones y deducciones indicadas resultara un importe superior a la cuota líquida mínima podrán aplicarse el resto de deducciones hasta el importe de dicha cuota líquida mínima.
  • Se modifica el art. 49.1 de la LIS relativo a las bonificaciones de entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda pasando esta bonificación del 85 % al 40 %.

 

Tributos Locales

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

  • Se crea un nuevo grupo 863 en la sección segunda de las Tarifas del IAE, con el fin de clasificar de forma específica la actividad ejercida por periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación, que hasta la fecha carece de tal clasificación.

 

Impuesto sobre la Renta de no Residentes

  • La tributación mínima tiene su correlato en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, para las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente.