La subvención se adjudicará a los propietarios de locales comerciales de Barcelona de menos de 300 m2 que reduzcan el alquiler a sus arrendatarios de forma significativa durante un periodo mínimo de 6 meses desde la declaración del estado de alarma.
El importe de la subvención será de 600 € si los propietarios rebajan la cuantía entre un 25 y un 50% y de 1.200 € si la rebaja es superior al 50%.
Los sectores en los que deben estar englobados los establecimientos son los siguientes, que han tenido que tener cerrado el negocio:
- comercio al por menor de productos no alimenticios en establecimiento permanente (excepto farmacias)
- servicios de alimentación en restaurantes, bares, etc.
- servicios de hospedaje
- servicios de reparación
- agencias de viajes
Las personas físicas o jurídicas que deseen presentar la solicitud podrán hacerlo en cualquier oficina del registro municipal o de forma telemática a través del Portal de Trámites, en la dirección seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual y las ayudas se otorgarán según el orden cronológico de llegada.
El plazo de presentación de la solicitud será de dos meses desde la fecha de publicación de las bases definitivas.