23 febr. Se amplía el plazo de domiciliación para contribuyentes afectados por los efectos de la borrasca “Filomena”
Hoy se publica en el BOE la Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, por la que se extiende el plazo de domiciliación correspondiente a la presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
En su artículo único se dispone la extensión hasta las 15:00 horas del 18 de enero de 2021 del plazo para la presentación telemática de las declaraciones y autoliquidaciones con orden de domiciliación, cuyo plazo general de presentación sea hasta el 15 de enero de 2021, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca “Filomena”.
Con independencia de la ampliación del plazo de presentación, el plazo de ingreso de las autoliquidaciones no se verá modificado, por lo que el adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario deberá efectuarse el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.
En dicha Orden no se aclara qué método se utilizará para determinar que contribuyentes se han visto afectados por los efectos de la borrasca “Filomena”.
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